En un artículo publicado anteriormente, expliqué que estoy siendo procesado por el MPF (Ministerio Progresista Federal), por el “delito” de tener convicciones e ideas propias, que divergen completamente del actual totalitarismo progresista políticamente correcto vigente en la sociedad. En Diciembre de 2021 fue publicado en este sitio web un artículo ‒posteriormente eliminado por decreto judicial‒ que fue el catalizador de la demanda que el MPF está interponiendo en mi contra. Se me acusa de alentar a los lectores del sitio a practicar prejuicios y discriminación racial.
En Febrero de este año fui juzgado en primera instancia. Hace poco recibí la sentencia. El abogado me informó que fui sentenciado a servicio comunitario. Una sentencia mucho más aceptable que el acuerdo de no procesamiento que me enviaron las autoridades antes de que me procesaran formalmente. Según este acuerdo –que rechacé– tendría que realizar servicios comunitarios, además de pagar una multa estimada en dos salarios mínimos. Aún así puedo recurrir la sentencia. Y eso es lo que hice.
Evidentemente, no puedo entrar en mayores detalles sobre el artículo que desató la polémica y sirvió de detonante del proceso, ni estoy autorizado a publicar ningún pasaje del artículo censurado, ya que ésto podría implicar mayor represión y arbitrariedad jurídica por parte del estado contra mí y contra el sitio. Sin embargo, hay nuevos análisis que pueden hacerse a partir de esta situación, ya que el proceso expone tanto la estupidez como el autoritarismo de la secta progresista.
Como expliqué, en Diciembre de 2021 fue publicado en este sitio web un artículo de mi autoría, que desató la ira de los copos de nieve. Entonces alguien hizo un reporte al MPF y, en consecuencia, la Policía Federal se comunicó conmigo. Tuve que rendir declaración ante la PF en 2022 y, unos meses después, el fiscal a cargo de la investigación decidió abrir proceso en mi contra. Posteriormente, el artículo fue retirado del sitio web por decreto judicial, y a principios de este año ‒más concretamente en Febrero‒ fui juzgado en primera instancia. En Junio recibí la sentencia a través del abogado.
Antes de continuar, humildemente me gustaría pedir a cualquier activista progresista que accidentalmente termine en este sitio, que no lea este artículo. Como es demasiado estúpido como para entender nada, entenderá todo mal, y acabará teniendo ataques convulsivos de cólera e histeria. Después, uno de ustedes seguramente irá al MPF para presentar una nueva denuncia, para pedir al dios-estado y al papá-gobierno que censuren aún más este artículo.
Como ustedes, activistas, no tienen la competencia intelectual ni la capacidad de razonamiento como para comprender este texto, no lo lean. Harán de manifestantes en algún directorio académico, protestarán contra la gordofobia en las redes sociales, o pintarán la acera cerca de su casa con los colores del arco iris. Si quiere practicar su histeria de víctima infantil y anecdótica, hágalo en otro lado.
En cuanto a los miembros del MPF o de cualquier otro departamento gubernamental, aclaro de antemano que este artículo no pretende alentar ni incitar a ningún ciudadano a faltar el respeto a ninguna de las majestuosas y elegantes reglas que ustedes imponen a la sociedad. El objetivo de este artículo es explicar la diferencia real entre agresión y no agresión, a partir de una comprensión que tiene como marco jurídico el orden natural. Este artículo no pretende alentar ni animar a nadie a hacer absolutamente nada, de ninguna manera o forma. El objetivo principal de este texto es simplemente brindar explicaciones relacionadas con la ética del derecho natural, aplicada específicamente al ámbito individual.
Este artículo no pretende tolerar la violencia, la discriminación, el racismo, los prejuicios o cualquier cosa que las autoridades establecidas consideren actividades ilícitas. A todos aquéllos que no pueden entender ésto, les recomiendo encarecidamente que lean este artículo repetidamente hasta que lo comprendan. La incompetencia intelectual y la estupidez crónica de ciertas personas a la hora de comprender e interpretar correctamente un texto, ya me ha causado innumerables problemas.
Léalo diez, veinte, cincuenta y cinco veces, o incluso doscientas noventa veces si es necesario. Es posible que con el tiempo pueda comprender el artículo y lo que realmente pretende explicar. La actividad intelectual recurrente estimula la capacidad de razonar (no es que espere ningún grado de competencia intelectual de ninguno de ustedes, pero no está de más reforzar ésto).
Sin embargo, nuevamente recomiendo de manera conmovedora y descarada que los copos de nieve no se atrevan a leer este artículo. Como son criaturas hipersensibles, lo más probable es que sufran ataques convulsivos, crisis histéricas, ataques de ansiedad y unas ganas irrefrenables de llorar, y luego distorsionen todo lo que está escrito en este texto, afirmando que tolera el odio, el fascismo, la discriminación y de todo el vasto y folcklórico conjunto de fobias imaginarias que forma parte del universo ideológico progresista. Y sé perfectamente que no lo hacen por malicia. Es porque están completamente desprovistos de cualquier grado de competencia intelectual, y no tienen posibilidad de comportarse como personas adultas, decentes, racionales y civilizadas. De criaturas histéricas infantilizadas sólo se puede esperar un comportamiento histérico infantilizado.
Dicho ésto, me gustaría resaltar que la censura que se nos impuso a mí y al Instituto Rothbard ‒impuesta por el gobierno federal bajo presión de activistas progresistas‒ podría enseñarnos innumerables lecciones. Pero hay dos lecciones principales que son extremadamente relevantes e importantes de considerar. Aquélla nos muestran ese activismo progresista:
1) No sabe la diferencia entre libertad de expresión y libertad de acción.
2) No conoce la diferencia entre iuspositivismo y iusnaturalismo.
Los activistas progresistas tampoco tienen ni la más vaga noción de qué son las libertades individuales. Pero ésto es algo que sabemos desde hace mucho tiempo. Los activistas progresistas son criaturas descaradamente infantilizadas, que realmente creen que todas las personas deben inclinarse ante la ideología políticamente correcta y ante todas las demandas, fobias, miedos, creencias y deseos de cada copo de nieve histérico, egocéntrico y narcisista del mundo.
Pero analicemos meticulosamente cada uno de los dos elementos destacados anteriormente.
La diferencia entre libertad de expresión y libertad de acción
Las palabras, ya sean escritas o habladas, nunca deben ser entendidas ni interpretadas como actos de agresión o violencia (mucho menos como crímenes). La agresión es, objetivamente, un acto de violencia injustificable por parte de una persona, cometido contra otra. Y está claro que la agresión y la violencia física constituyen violaciones de la moral y de la ética (tanto del derecho cristiano como del derecho natural).
Desafortunadamente, al ser criaturas histéricas ‒y, sobre todo, drásticamente emocionales‒ los copos de nieve nunca utilizan la lógica y la racionalidad. El hecho de que sean tan reactivos emocionalmente y frágiles, les lleva a verse descaradamente sacudidos por cualquier cosa. Por lo tanto, los activistas progresistas consideran que las frases, chistes, textos, artículos o declaraciones, son una agresión real, especialmente si dichas frases, chistes, textos, artículos o declaraciones expresan posiciones, ideas, conceptos u opiniones que divergen de la ideología progresista políticamente correcta. Para estas personas, las palabras son agresión, si las palabras pronunciadas por alguien son una crítica a su ideología favorita.
Por ejemplo: si un cristiano dice que la homosexualidad es pecado, el activista progresista acusará a esa persona de ser homofóbico. Y lo más probable es que exija castigo del gobierno para esa persona. Pero, ¿cometió realmente un delito el cristiano que dijo que la homosexualidad es un pecado? La respuesta es no. Esta persona, de hecho, simplemente expresó una convicción personal basada en la Biblia.
De hecho, la Biblia condena la homosexualidad. Hay numerosos pasajes de las Sagradas Escrituras que lo reprueban (Levítico 18:22, Levítico 20:13 y 1 Corintios 6:9, 10). Según esta lógica, ¿el activista también considerará homofóbica a la Biblia? Y si pudiera, ¿le gustaría censurar a la Biblia? Y si fuera posible censurar a la Biblia, ¿censuraría sólo los pasajes considerados homofóbicos, o prohibiría su posesión y lectura? ¿Y si estuviera prohibido leer la Biblia? ¿Qué propone el activista progresista como castigo para cualquiera que sea visto leyendo o incluso sosteniendo una Biblia? ¿Prisión? ¿Multa? ¿Servicios comunitarios? ¿Pena capital?
Definitivamente no, decir que la homosexualidad es pecado no es un delito. Al menos, no debería ser considerado un delito; pero, lamentablemente, estamos muy cerca de eso. Especialmente porque el actual régimen totalitario progresista –en su voraz deseo de institucionalizar todos los elementos de la secta del arco iris como políticas estatales– parece estar cada día más cerca de criminalizar la Biblia y el cristianismo.
Complementando el razonamiento, podemos argumentar que, si bien no debe ser considerado delito que una persona diga ‒únicamente una cuestión de creencia personal‒ que la homosexualidad es pecado, atacar físicamente o practicar violencia contra los homosexuales es, de hecho, un delito. Desafortunadamente, tanto los activistas progresistas como la legislación positivista jurídica no se dan cuenta de la diferencia intrínseca que existe entre la expresión de una creencia personal y la agresión objetiva. Lo que establece la ética iusnaturalista es que sólo esta última (la violencia física) es definitivamente susceptible de ser tipificada como delito. Una simple opinión o creencia personal, a su vez, no debe ser tipificada como delito, ni penalizada. Pero no es así como la secta progresista y el iuspositivismo estatal ven esta cuestión.
Sin embargo, lo que las personas controladas por la mentalidad burocrática estatal son completamente incapaces de comprender, es que ciertas libertades deben ser absolutas. La libertad de expresión, la libertad de opinión, la libertad de creencias y la libertad de convicciones deberían ser absolutas. El individuo debe estar en pleno disfrute de sus derechos individuales, así como debe poder ejercer su libre albedrío y su objeción de conciencia.
Como vivimos en un entorno donde la libertad de expresión está plenamente regulada, podemos afirmar categóricamente que la libertad de expresión no existe. Si Ud. no puede decir nada, literalmente lo que quiera ‒por controvertido que sea‒, y un acto tan común y trivial como expresar una creencia religiosa o incluso contar un chiste, puede hacer que las autoridades lo procesen, entonces es inconcebible decir que hay libertad de expresión en la sociedad en la que vivimos.
La libertad de expresión “regulada” no existe. La libertad de expresión es plena y absoluta, o no existe. En este caso, es más beneficioso ser honesto y afirmar que la libertad de expresión no existe en Brasil.
Muchos brasileños simplemente tienen la impresión errónea de que tienen libertad de expresión, porque las instituciones estatales no pueden monitorear a todos en todo momento, ni tienen el tiempo y los recursos para procesar a todos los “infractores”. Pero si hace una publicación “inapropiada” en Facebook o Instagram, si cuenta un chiste “inconveniente” en un video y ese video se vuelve viral en alguna red social, o si escribe un artículo que se aleja de alguna manera de la ideología de moda, cualquier persona puede presentar una denuncia en su contra ante el MPF. Y lo más probable es que el MPF acepte la denuncia: no tenga la más mínima duda al respecto. De hecho, cuanto más estúpida y basada en delirios ideológicos universitarios sea la denuncia, más alboroto armarán las autoridades.
Pero volviendo al punto principal de este asunto, es fundamental entender que, según el axioma del orden natural, las palabras –ya sean escritas o habladas– no son ni pueden ser consideradas agresiones en sí mismas (mucho menos podrían ser calificados como delitos). Volviendo al ejemplo de la homosexualidad, una persona no debe ser perseguida por decir que no está de acuerdo con la práctica de la homosexualidad o que la considera pecado. Sólo la agresión física contra un homosexual, porque es homosexual, podría ser efectivamente tipificado como delito. La expresión de las convicciones, creencias u opiniones de una persona, nunca debe ser interpretado como una transgresión penal punible, por muy ofensivas que tales declaraciones puedan resultar para personas de otro grupo. Sólo la violencia y la agresión física podrían ser efectivamente tipificadas como delito y transgresión criminal.
Sin embargo, los activistas progresistas defienden abiertamente la censura, afirmando que es necesaria para proteger a las personas del llamado “discurso de odio”. Según la ideología progresista, las palabras duelen, y el público debe ser protegido de discursos potencialmente dañinos. ¿Pero es ésto realmente cierto?
[https://youtu.be/htGw3szFqis]
Como explica el video de arriba, “el discurso de odio, como escribe la autora Nadine Strossen, puede ser definido como un discurso que expresa opiniones odiosas o discriminatorias sobre ciertos grupos que históricamente han sido objeto de discriminación, o sobre ciertas características personales que han sido la base de la discriminación (tales como raza, religión, género y orientación sexual)”.
Una de las principales formas en que se justifican las leyes sobre el discurso de odio, es afirmando que el discurso de odio constituye una forma de violencia. Así como los golpes físicos causan daños corporales, las palabras de odio infligen daños emocionales y mentales que pueden ser profundamente perjudiciales para la salud mental de una persona. Si las palabras pueden ser armas, entonces aquéllos que dañan psicológicamente a otros con palabras deberían ser objeto de procesamiento penal. Esta posición, sin embargo, equivale a una reconceptualización del lenguaje y a una fetichización de las palabras.
Como explica Furedi, “en el peor de los casos, el [lenguaje del discurso agresivo] fetichiza las palabras, reinventándolas como objetos que contienen propiedades destructivas en sí mismos. Históricamente, la fetichización de las palabras surgió con el antiguo pensamiento místico: según varios mitos, decir la palabra podía convertirla en realidad, mientras que un hechizo o una maldición podía literalmente destruir vidas. En el antiguo Egipto, se creía que la palabra hablada tenía un impacto transformador en el mundo. Estas primeras fantasías de antiguas supersticiones han sido ahora recicladas por quienes se oponen a la libertad de expresión en forma de amenazas psíquicas”.
Esta fetichización de las palabras ignora el hecho de que existe una diferencia categórica entre agresión con una palabra y agresión con un objeto físico. Si un hombre recibe un puñetazo en la cara, sufrirá daños independientemente de su estado mental. Pero cuando se trata del arma de las palabras, el grado de daño que sufre una víctima está determinado por su estructura psicológica. Algunas personas pueden recibir insultos brutales y aun así sufrir muy poco daño, mientras que otras pueden quedar psicológicamente aplastadas por el más mínimo desaire. Cuando somos atacados por la denominada arma de las palabras, nuestro estado mental es el mayor determinante de la cantidad de daño que sufrimos. Como escribió Furedi: “A diferencia del daño físico, nuestro daño emocional está limitado únicamente por la imaginación. Independientemente de la intención, un gesto o comentario puede ser percibido de una manera que cause daño emocional”.
“Y eso conduce a un gran problema con el discurso de odio: lo que es considerado que alcanza el umbral del discurso de odio, es completamente subjetivo, y al darle al gobierno el poder de emitir ese juicio, el gobierno puede usar estas leyes para silenciar a cualquier individuo o grupo que desee”.
Como explica perfectamente el video de arriba, existe una clara distinción entre lo que en realidad constituye una agresión real –que necesariamente implica violencia física– y un acto mundano y completamente subjetivo, que es arbitrariamente clasificado como agresión, debido a caprichos políticos e ideológicos.
Desafortunadamente, no existe una distinción concreta en la sociedad contemporánea –gracias a la corrosiva epidemia de histeria y la rampante estupidez progresista– entre libertad de expresión y libertad de acción. Si bien la libertad de expresión debería ser absoluta, está claro que la libertad de acción no lo es. Después de todo, nadie tiene derecho a atacar o ejercer violencia contra otros.
Pero es esencial enfatizar que la distinción asertiva entre palabras y acciones es exclusiva del iusnaturalismo. El iuspositivismo, a su vez, criminaliza todo y considera que todo (o casi todo) es un delito. De hecho, ésta es la base fundamental del iuspositivismo ‒la criminalización total de todo.
Pero comprendamos mejor cómo funciona esto.
La diferencia entre iusnaturalismo y iuspositivismo
Ésta es una cuestión que provoca un enorme nudo en las cabezas confusas de los militantes de la brillante secta del arco iris. Estrictamente hablando, la diferencia entre iusnaturalismo y iuspositivismo es relativamente fácil de entender (si no se es un activista progresista irracional, histérico y alucinado). Mientras que el iusnaturalismo hace una distinción ética y moral entre lo que está bien y lo que está mal, teniendo como uno de sus fundamentos el Principio de No Agresión (PNA), el iuspositivismo se basa en una producción imparable y permanente de reglas a escala industrial, en tanto y en cuanto fomente la ciega e incondicional obediencia al estado omnipotente.
Sin embargo, podemos hacer aún otra distinción: mientras que el iusnaturalismo se basa en una defensa feroz e intransigente de las libertades individuales, el iuspositivismo se basa en la expansión infinita del estado omnipotente, proporcionando una base legal para que el gobierno obtenga poderes plenipotenciarios ilimitados y absolutos sobre todo y sobre todos. En otras palabras, mientras que el iusnaturalismo tiene mucho más que ver con el individuo, el iuspositivismo tiene mucho más que ver con el estado. Es razonable concluir, por tanto, que el iusnaturalismo y el iuspositivismo son antítesis entre sí.
Dicho ésto, es esencial enfatizar que, debido a sus naturalezas filosóficas diametralmente opuestas, ambos leerán las libertades individuales de maneras conceptualmente diferentes. Mientras que el iusnaturalismo entenderá que el individuo existe, es su propio dueño y, por tanto, tiene el derecho inherente a expresarse y pronunciarse sobre cualquier tema, el iuspositivismo entenderá que el individuo es simplemente una pieza del vasto organigrama social y debe, por lo tanto, estar completamente subordinado a la institución que controla y regula este organigrama social ‒es decir, el gobierno.
También vale la pena subrayar que, por su carácter centralizador, inexorablemente vertical y autocrático, el iuspositivismo acaba convirtiéndose en la máxima expresión de la tiranía. El iuspositivismo se convierte en un sistema de leyes invariablemente autoritario, despótico y opresivo porque ‒precisamente por su propia naturaleza expansiva, centralizadora y burocrática‒ se basa en un axioma de control absoluto, que se considera el derecho de regularlo todo: incluso las creencias y opiniones individuales. Debido al alcance intrínseco de su axioma fundamental, que considera al estado como un poder absoluto, el iuspositivismo ni siquiera reconoce al individuo como un organismo autónomo. Mientras que el iusnaturalismo ve al individuo como un fin en sí mismo, el iuspositivismo lo ve sólo como una herramienta subordinada al colectivo.
Desafortunadamente, el iuspositivismo, sumado al autoritarismo de la tiranía progresista, terminó produciendo una combinación letal. El resultado es un ambiente donde todo está criminalizado ‒opiniones, declaraciones, chistes, textos, todo lo que no esté en perfecta conjunción con la ideología de moda (que consiste en un conjunto nefasto de reglas que ha sido debidamente avalado, capitaneado y aprobado por el estado)‒, y constituye delito contra el orden público.
Dicho ésto, profundicemos nuestra comprensión sobre cómo los efectos nocivos del iuspositivismo perjudican el mantenimiento de las libertades individuales, especialmente la libertad de expresión.
Como se explicó anteriormente, según la ética del derecho natural, todos y cada uno de los individuos debe tener derecho a expresarse libremente, sobre cualquier tema, por muy controvertido que pueda ser. Por lo tanto, cualquier declaración individual sobre cualquier cosa ‒ya sea a través de una declaración cara a cara, de un video o de un texto‒, debe ser clasificado únicamente como libertad de expresión.
Por ejemplo, si un individuo es racista y dice que no le gustan los negros, los judíos o las personas de cualquier otra raza o nacionalidad, y no desea asociarse con esas personas, debería tener derecho a hacerlo. Como tiene derecho a expresarse, debe ser libre de hablar sobre cualquier tema que desee. Y como es un ser humano libre, autónomo e independiente, este individuo tiene obviamente el derecho inalienable de ejercer su libre asociación ‒es decir, el individuo tiene derecho a asociarse o no con determinadas personas o determinados grupos. El individuo puede incluso declararse abiertamente racista, aunque ésto pueda parecer controvertido, o generar repercusiones extremadamente negativas para su imagen y reputación personal.
Ésta es una situación. Otra situación extremadamente diferente sería que un individuo racista atacara o dañara de alguna otra manera ‒como vandalizar la propiedad‒ de personas de razas que desprecia, o con quienes de alguna manera no desea estar asociado. Si un individuo inicia agresión o violencia sin ninguna razón o justificación plausible, contra cualquier persona (negros, judíos, inmigrantes), está claro que está cometiendo arbitrariedad legal ‒y, por lo tanto, estará cometiendo un delito.
En otras palabras, lo que esta distinción pretende enfatizar es que, dentro de un orden jurídico naturalista, el racismo en sí mismo no es un delito. Lo que importa es la actitud del racista hacia las personas de otras razas. Si no actúa de forma dañina o deletérea, no ha hecho absolutamente nada malo. Sólo si realiza una agresión objetiva contra estas personas se le podrá acusar de haber cometido un delito. Si sólo expresa su creencia racista como una predilección u opinión personal, en sus redes sociales o incluso en su vida personal o profesional, en realidad no ha cometido ningún delito.
Sin embargo, es esencial enfatizar que esta explicación se aplica sólo a un orden jurídico naturalista. Según el iuspositivismo estatal (el actual órgano legislativo), absolutamente nada de ésto está permitido. Todo lo contrario ‒según el orden jurídico iuspositivista, prácticamente cualquier cosa de naturaleza racial puede interpretarse como un delito de racismo. Incluso una simple broma.
Ésto sucede porque el iuspositivismo es la antítesis del orden natural ‒siendo, por extensión, la antítesis del respeto hacia las libertades individuales.
Según el iuspositivismo, cualquier afirmación que parezca tener, aunque sea mínimamente, un contenido racial, puede ser considerada como discriminación, racismo o insulto racial. De hecho, no se puede hablar, expresar, escribir o declarar nada que pueda ser interpretado como negativo o despectivo sobre personas de otras razas, etnias o nacionalidades, en cualquier forma, manera o circunstancia. En este sentido, vivimos en un entorno tan insalubre, que incluso los chistes han sido criminalizados, y decirlos públicamente o a través de videos en las redes sociales, puede dar lugar a cancelaciones, investigaciones policiales y procesos judiciales para quien se atreva a decirlos.
En varios países occidentales, no sólo en Brasil, la dictadura políticamente correcta ‒combinada con la obsesión del estado por castigar a los presuntos racistas‒ se volvió tan despiadada, que prácticamente acabó con las películas de comedia y parodia. Actualmente, los comediantes son procesados simplemente por contar chistes que son considerados “ofensivos” debido a su naturaleza racial.
Prácticamente cualquier declaración, ya sea escrita o hablada, que involucre contenido racial, puede dar lugar a que su autor sea procesado, censurado y sufra las penas prescritas por la ley. Esto también es aplicado a contenidos –humorísticos o no– que involucran otros temas considerados sensibles o controvertidos (y que han sido debidamente sacralizados por la ideología de moda), como las mujeres, la obesidad, la ideología de género o la religión. Pueden demandarlo por misoginia, gordofobia, transfobia e islamofobia.
Lo que es fundamental entender en esta cuestión, es que mientras el iusnaturalismo reconoce que el individuo tiene derecho a ejercer sus libertades, el iuspositivismo crea recursos y dispositivos legales para tratar de limitar y restringir las libertades al máximo, criminalizando prácticamente cualquier crítica dirigida a la ideología de moda y sus dogmas. Y uno de los problemas fundamentales del iuspositivismo (que es también uno de los problemas inherentes al progresismo) es su total intolerancia hacia la naturaleza humana.
La ley natural reconoce que los seres humanos son imperfectos y a menudo cultivan opiniones controvertidas y expresan ideas controvertidas, que pueden no estar en consonancia con las creencias populares. Y ésto no debería ser considerado un delito penal. El iusnaturalismo reconoce la individualidad inherente a cada ser humano. El iuspositivismo, por otra parte, supone que todas las personas tienen la obligación de pensar de la misma manera, que el estado tiene derecho a uniformar la sociedad y, por extensión, tiene derecho a determinar qué creencias serán permitidas y cuáles serán prohibidas.
Según el iuspositivismo, el estado también tiene derecho a determinar qué opiniones están permitidas y cuáles están prohibidas. Y quien exprese cualquier posición divergente, debe ser castigado con el máximo rigor por el estado omnipotente, de conformidad con su sacrosanta legislación. Para el estado, el individuo es una especie de autómata que debe ser programado de acuerdo con la legislación estatal. Los disfuncionales que presentan fallas de programación, deben ser reconfigurados y formateados con una actualización más agresiva, que elimine los “defectos de fabricación”, para convertirlos en robots más eficientes, que puedan reinsertarse en la matriz social. Por muy exagerado que parezca, efectivamente el estado nos ve como robots, cuyas funciones principales son la sumisión y la obediencia.
En otras palabras, mientras el iusnaturalismo reconoce que es un individuo libre, soberano e independiente (por tanto, un ser humano), el iuspositivismo lo ve sólo como un esclavo programado por el adoctrinamiento estatal, que tiene la obligación de seguir órdenes (un autómata fabricado en un línea de producción industrial). Se supone que no debe tener derechos, libertades o libre albedrío. Debe resignarse a hacer sólo lo que el estado le dice que haga.
Los “derechos” y la “libertad” que el iuspositivismo estatal aparentemente otorga al individuo no son más que una articulación semántica sofista, vacía y barata ‒son un conjunto de concesiones ilusorias que sólo sirven como prerrogativa legal para restricciones adicionales. Es parte del rebaño en el corral, una oveja con “libertad” para moverse en un establo de tres metros por tres metros. Si se atreve a exigir su plena libertad y cuestiona mordaz y vehementemente, muy rápidamente le llegará una demanda del Ministerio Federal Progresista.
Si las autoridades constituidas han leído este artículo hasta ahora, me gustaría dejar muy claro que el texto no tiene, de ninguna manera, forma o circunstancia, la intención de alentar o incitar a las personas a ser racistas, prejuiciosas o algo por el estilo. Cualquier afirmación en sentido contrario por parte de los histéricos y quejosos copos de nieve ‒que por ventura vayan a reclamar formalmente por este artículo‒ demuestra que están activamente involucrados en una distorsión deliberada del significado del texto, o que son excepcionalmente estúpidos, y una vez más han sido completamente incapaces de comprender el significado real del contenido expresado (lo más probable es que sea esta hipótesis).
El racismo ha sido utilizado en este artículo sólo como un concepto teórico, cuyo ejemplo práctico proporciona perfectamente la capacidad de evaluar las distinciones entre iusnaturalismo y iuspositivismo, lo que ilustra las diferencias entre agresiones reales y crímenes imaginarios. Este artículo pretende también denunciar la tergiversación que sufrió el artículo censurado, que pretendía ser una reacción a la dictadura totalitaria políticamente correcta, así como afirmar que nadie tiene ni debe tener la obligación de pactar o someterse a la ideología de la secta progresista.
También aprovecho esta oportunidad para reiterar mi ojeriza y extrema aversión a la ideología progresista políticamente correcta, afirmando categóricamente que no estoy de acuerdo con la ideología progresista en absolutamente todos los temas propuestos, de manera definitiva y permanente ‒destacando el hecho de que me opondré a la secta progresista en todos los temas, oportunidades y en cada ocasión posible.
Como es habitual, la histeria de la secta progresista suele ver racismo, discursos de odio, prejuicios y todo tipo de fobias en contenidos como éste. Dado que la prioridad de los copos de nieve es señalar la virtud y difundir el autoritarismo de la religión secular progresista, con el objetivo de perseguir sumariamente a todos aquéllos que no se doblegan ante su preciosa ideología totalitaria multicolor, enfatizo nuevamente que este artículo no pretende alentar ni incitar lectores a desobedecer las amables y magnánimas reglas que el estado omnipotente impone a la sociedad.
Lo que este artículo pretende enfatizar es que el individuo no tiene, pero debe tener, pleno derecho a la libertad de expresión, incluso a expresar opiniones que puedan ser consideradas controvertidas o controvertidas. Y esas palabras no deben ser interpretadas como actos de agresión o delito menor. Creo que las autoridades definitivamente deberían gastar los recursos que tienen a su disposición para arrestar a verdaderos criminales, como atracadores y violadores. Y no demandar a comediantes, periodistas, filósofos o gente común, simplemente porque en algún momento decidieron expresar sus opiniones personales. Tampoco deberían permitirse crear escándalos indescriptibles a causa de chistes “ofensivos”, que en realidad no son más que entretenimiento.
Creo que las personas deberían tener derecho a expresarse libremente, sin sufrir ningún tipo de represalia por parte de las autoridades. De hecho, si hemos llegado al punto de tener que explicar qué es la libertad, justificarla, y tener que reivindicar el derecho a hablar, contar chistes y desarrollar en términos jurídicos qué es la libertad dentro de una praxis ética individual, es porque la libertad ha sido erosionado hace mucho tiempo. Lo que en realidad tenemos es una concesión mínima del estado, que cada día es más escasa.
Conclusión
Por primera vez en mi vida tuve que escribir un artículo para explicar otro artículo. Ésto no sólo es lamentable, sino que expone las dramáticas deficiencias intelectuales de los copos de nieve. De hecho, como lo demuestra perfectamente la situación relacionada con la demanda interpuesta por el MPF contra mí, la militancia progresista es poseedora de una ignorancia colosal e inconmensurable. Lamentablemente, no tener la competencia intelectual para comprender la diferencia entre libertad de expresión y libertad de acción, y tampoco comprender la distinción entre iusnaturalismo y iuspositivismo, es sólo una modesta demostración de la ignorancia titánica de la secta progresista.
Los activistas progresistas son personas que pretenden mejorar el mundo, pero son completamente incapaces de comprender e interpretar correctamente un texto simple. Es una estupidez crónica en su forma más exacerbada. Y, combinado con el autoritarismo estatal, produce un resultado extremadamente perjudicial para las libertades individuales.
Desafortunadamente, ésto no es más que un pequeño grano de arena en el inconmensurable desierto de vasta ignorancia que es común entre la militancia de la secta arco iris.
También podría ser que los activistas no quieran estudiar, no quieran aprender, no quieran desarrollarse intelectualmente. Lo que quieren es gritar histéricamente, señalar virtudes, encerrarse en las redes sociales y comportarse como niños imprudentes de tres años, desesperados por la protección del estado contra las inseguridades de la vida (y, sobre todo, de las amenazas imaginarias).
Sin duda, lo que realmente importa a las legiones histéricas del arco iris incandescente es combatir de manera conmovedora y ostentosa el fascismo imaginario que se esconde debajo de la cama, considerando a todas las personas como sus enemigos mortales, sin olvidar suplicarle al dios-estado y al gobierno papal que censure de manera descarada y recurrente a todas las personas que expresen opiniones contrarias y divergentes, asegurándose de que el estado castigue a todos los disidentes y librepensadores. Lo importante es censurar a todo aquel que no esté plenamente de acuerdo con la militancia del radiante arco iris y su grácil ideología fosforescente.
¿Qué podemos esperar de personas confundidas, que ni siquiera saben a qué género pertenecen, y creen genuinamente que los hombres pueden quedar embarazados? De hecho, no me sorprendería que los exaltados le rogaran al estado papal que censurara aún más este artículo. De los histéricos exaltados con cabellos coloridos sólo podemos esperar un comportamiento emocional equivalente al de niños malhumorados de tres o cuatro años; es decir, arrebatos de ira, gritos incesantes y llantos convulsivos. Son bebés en constante necesidad de atención, necesitando siempre del chupete estatal para mantenerse tranquilos y serenos. Necesitan ser protegidos de la realidad y del hombre de la bolsa del fascismo, por el omnipotente dios-estado, las veinticuatro horas del día.
Cuando tratamos con progresistas, no nos enfrentamos a adultos, sino a niños pequeños extremadamente inmaduros y ostensiblemente histéricos, que aún no han desarrollado plenamente sus facultades mentales ‒y desgraciadamente nunca lo harán. Destinados a ser niños permanentemente pequeños, dependientes del estado-papá en todos los aspectos, sería demasiado utópico esperar un comportamiento racional y civilizado de estas personas.
Traducción: Ms. Lic. Cristian Vasylenko